Aviso de ObraEl Aviso de Obra se debe tramitar para hacer reformas de pequeña magnitud en una propiedad. También se puede tramitar para que una propiedad anterior a 1941 sea analizada por el CAAP para establecer su valor patrimonial.
siempre que haga refacciones pequeñas sin cambiar volumenes se debe tramitar , es rapido tiene un costo bajo y nos evita multas y sanciones.
Según el Código de Edificación (2.1.1.2), necesitás el aviso para:
Modificar el cordón del pavimento
Limpiar o pintar fachadas principales
Abrir, cerrar o modificar vanos en paredes que no sean de fachada principal
Revocar o cambiar el revoque en cercas al frente
Ejecutar solados
Ejecutar o cambiar revestimientos, revoques exteriores o trabajos similares
Cambiar el material de cubierta de techos
Ejecutar cielorrasos
Terraplenar y rellenar terrenos
Ejecutar modificaciones de poca importancia en las instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas y de inflamables
Instalar vitrinas y toldos sobre la fachada en vía pública
Ejecutar trabajos que no requieran permiso cuya realización demande una valla provisoria para ocupar la acera con materiales
Pintar o cambiar la coloración de los muros divisorios, de contrafrente o cualquier otro visible desde la vía pública, en los predios ubicados dentro de la zona delimitada por las avenidas Patricios, Martín García, Paseo Colón, Brasil, Pedro de Mendoza, excluidas las aceras Este de la Av. Patricios, S.E. de Av. Martín García, Este de Av. Paseo Colón y Sur de Av. Brasil
Requisitos
fotocopia de del dni y del titulo o declaratoria de herederos , consorcios dni del administrador y acta donde fue designado
Presupuesto de tareas a desarrollar se paga el 1% del presupuesto
Documentación obligatoria
Boleta de Pago de Liquidación de Derechos
Solicitud de Permiso
Informe de dominio
Encomiendas Profesionales
PERMISO DE OBRA
Toda obra o reforma que implique cambiar de volumenes
Construcciones nuevas.
Ampliar, refeccionar o transformar lo ya construido.
Cerrar, abrir o modificar vanos, cuando se alteren las condiciones de locales, se requiera la construcción de dinteles resistentes o en los casos en que estos trabajos se realicen en los muros de las fachadas principales.
Cambiar o refeccionar estructura de techos.
Ejecutar demoliciones.
Instalar vitrinas, toldos, carteleras, anuncios y toda instalación que requiera estructura resistente o que por sus dimensiones o aspectos, de acuerdo al criterio de la D.O.P., quede incluida en este artículo.
Construir nuevos sepulcros, ampliar o refaccionar los existentes.
Mensurar predios y modificar el estado parcelario.
Efectuar instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas, ampliar, refaccionar o transformar las instalaciones existentes.
Desmontar y excavar terrenos en caso que sea necesaria la construcción de muro de sostenimiento.
Documentación obligatoria:
De los responsables:
Encomienda por Proyecto y Dirección de Obra
Certificación de firmas por Escribano dando fe de que los firmantes en la autorización mutua conforman el 100% de los copropietarios. En caso de tratarse de una parcela afectada por los alcances de la Ley Nº 13512 (Propiedad Horizontal) este ítem es considerado como DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
Certificado CI del representante técnico (para demolición parcial mayor a 50 m2) Ley 4268
Certificado de Ochava
Del proyecto:
• Autorización del 100% de los copropietarios certificada ante escribano público, en caso de tratarse de una propiedad sometida bajo el regimen de la ley 13.512 (el escribano deberá certificar que los firmantes conforman la totalidad de los integrantes del consorcio de propietarios).
• ESTRUCTURA
a) Cálculo, planos y planillas. (en formato PDF)
b) En caso de excavación: memoria de excavación, submuración y empuje y póliza de cobertura hacia los linderos (de no poseerse dicha póliza, deberá agregarse un compromiso con carácter de declaración jurada firmada por el propietario y profesional de que se obtendrá la misma antes del comienzo de la excavación). (en formato PDF)
c) Estudio de suelos. (en formato PDF)
• Si el distrito requiere consulta por uso o distrito: Disposición, Providencia o Informe emanado de la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR). (en formato PDF)
• Certificado de Impacto Ambiental si fuera necesario, emitido por la Dirección General de Evaluación Técnica. (en formato PDF)
• DEMOLICIONES
a) Deberá aportarse la póliza de cobertura a los linderos (deberá ser escaneado y guardado como pdf)
b) En caso de superarse los 50 m2 deberán presentarse: corte de luz emitido por la empresa prestataria del servicio, corte de gas emitido por la empresa prestataria del servicio y certificado de desratización emitido por la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental (deberá ser escaneado y guardado como pdf). Se deberá agregar un plano en formato DWF para obras nuevas, ampliaciones, demoliciones parciales y/o totales.
AJUSTE DE OBRA:
En caso que la obra ya fue realizada para regularizarla , tano por intimacion , para hacer subdivision o venta, se realiza el ajuste de la obra al expediente.
requisitos; copia de dni y del titulo de propiedad
CLAUSURA:
en obras no declaradas es comun que ante una inspeccion, o denuncia de vecino, se proceda a la clausura de la misma , por lo que se debe iniciar los tramites arriba mencionado con el perjucio que los derechos seran pagados con multas de hasta el 500% , no se podra terminar con la obra hasta que se regularice lo que puede tardar de 2 hasta 8 meses dependiendo de la obra , y ni hablar si usted construye en una coopropiedad donde los demas dueños no prestaron su consentimiento, por eso es importante consultar antes con un profesional y realizar las construcciones a derecho , no solo por que la ley lo exige , sino que siempre termina saliendo mas cara , es imposible hacer una obra en CABA sin declarar y que no sea detectada.